Autorización otorgada por la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) para operar un establecimiento farmacéutico en Colombia. Requisito legal obligatorio para farmacias, droguerías y distribuidoras de medicamentos. Válida por cinco años y renovable.
0 consultas · Actualizado 22/06/2026
La Licencia de Establecimiento Farmacéutico es una autorización sanitaria expedida por Supersalud que permite la operación legal de establecimientos dedicados a la venta, distribución, almacenamiento y dispensación de medicamentos, productos farmacéuticos y afines en Colombia.
El establecimiento debe cumplir con normas técnicas sanitarias, contar con infraestructura adecuada, personal calificado y sistemas de control de calidad. Debe poseer un Químico Farmacéutico o un Regente de Farmacia responsable de la operación.
La licencia tiene validez de cinco años a partir de su expedición. Para renovarla, debe solicitarse con treinta días de anticipación a su vencimiento, cumpliendo nuevamente con todos los requisitos vigentes.
El establecimiento debe mantener registros actualizados de inventario, seguir protocolos sanitarios, realizar auditorías periódicas, capacitar continuamente al personal y reportar eventos adversos a medicamentos. También debe permitir inspecciones de Supersalud en cualquier momento.
El trámite inicia con una inspección previa del establecimiento para verificar cumplimiento normativo. Una vez aprobada, se solicita formalmente la licencia con documentación completa. Supersalud emite resolución favorable o desfavorable.
⚠️ Aviso importante: Esta información es orientativa. Verifica siempre directamente con las instituciones oficiales de Colombia antes de iniciar trámites.