Trámite obligatorio ante el Ministerio de Salud de Costa Rica para autorizar la comercialización de productos alimenticios. Garantiza que los alimentos cumplen con normas sanitarias y de inocuidad establecidas. Aplicable a alimentos nacionales e importados.
0 consultas · Actualizado 22/06/2026
El Registro Sanitario de Alimentos es una autorización obligatoria otorgada por el Ministerio de Salud de Costa Rica que certifica que un producto alimenticio cumple con los requisitos sanitarios, de calidad e inocuidad necesarios para su comercialización y consumo humano en el territorio nacional.
Este trámite es requerido para todos los productos alimenticios elaborados o importados que se destinen a la venta al público, incluyendo alimentos frescos procesados, bebidas, productos de panadería, lácteos, carnes procesadas, alimentos congelados, enlatados y productos naturales con propiedades medicinales.
Los solicitantes deben cumplir con regulaciones sobre ingredientes permitidos, aditivos alimentarios autorizados, límites de contaminantes, métodos de conservación, etiquetado nutricional y de advertencia, así como procedimientos de manufactura conforme a Buenas Prácticas de Manufactura (BPM).
El trámite inicia con la presentación de documentación ante la Dirección de Vigilancia de la Salud. Se requiere información del producto, análisis de laboratorio, documentación de la empresa productora, y comprobantes de cumplimiento normativo. El Ministerio evalúa la solicitud, puede realizar inspecciones, y emite o deniega la autorización.
Una vez otorgado, el Registro Sanitario tiene vigencia de 5 años y debe renovarse antes de su vencimiento. El registro especifica las características autorizadas del producto y cualquier modificación requiere trámite adicional de aprobación.
⚠️ Aviso importante: Esta información es orientativa. Verifica siempre directamente con las instituciones oficiales de Costa Rica antes de iniciar trámites.